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Comunicado Subsidio Pro Retención

Publicado el Lunes, 23 Septiembre 2013 16:58
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En el año 2003 se promulgo la ley n°19.873 que creó la subvención educacional anual pro-retención, que se paga a los sostenedores de establecimientos municipales, particulares subvencionados y regidos por el Decreto Ley N° 3.166 de 1980, por haber logrado la incorporación y retención de los alumnos que están cursando entre 7° básico y 4° medio, que pertenezcan a familias focalizadas de acuerdo a la calificación que realiza el Ministerio de Desarrollo Social a  través de la ficha de protección social, y que se encuentren priorizadas por estar incorporadas a programas sociales establecidos para tales familias, programa puente, sistema chile solidario.

 

OBJETIVO DE LA SUBVENCION PRO-RETENCIÓN

La retención está asociada a la calidad de la educación. Es por ello que los recursos que otorga la subvención pro-retención están orientados a:

INSTRUCTIVO SUBVENCIÓN PRO-RETENCIÓN

Para el cumplimiento de los objetivos mencionados anteriormente, el establecimiento deberá implementar acciones, invirtiendo en equipamiento para talleres y aulas interactivas, materiales de librería, artículos deportivos, uniformes, útiles escolares pertinentes y en directo beneficio de aquellos alumnos causantes del aporte.

SUBVENCIÓN PRO-RETENCIÓN EN EL LICEO POLITÉCNICO ‘DIEGO PORTALES P. DE TOCOPILLA.

     En el Liceo Politécnico ‘Diego Portales P.’ hay 190 alumnos y alumnas que impetran la subvención pro-retención que varía entre $117.000 a $161.000 por alumno. Estos dineros serán invertidos por la Institución en equipamiento para talleres y aulas, útiles escolares, uniformes y en todos aquellos elementos que puedan ir en directo beneficio de los alumnos causantes del aporte y que permitan al alumno mantenerse en el sistema escolar formal y le permitan terminar su 4° medio técnico profesional.